jueves, 5 de febrero de 2015

Preguntas Generales.

1.¿Qué tipos de productos no tienen etiqueta?

Realmente no hay ningún producto sin etiquetar porque en ese caso ese producto sería ilegal

2.¿Qué tipos de productos tienen etiqueta?

Todos los comprados en tiendas.

3.¿Qué diferencia hay entre fecha de consumo preferente y fecha de caducidad?

Fecha de Caducidad y consumo preferente son dos conceptos que no deben confundirse. Mientras la primera advierte sobre el día límite a partir del cual el alimento no es adecuado para el consumo desde el punto de vista sanitario, el consumo preferente hace referencia al tiempo en el que el producto mantiene intactas sus propiedades, sin que su ingesta suponga un riesgo para la salud.

4.¿Qué debería llevar una etiqueta de un alimento?


-La denominación del alimento.
-Lista de ingredientes.
-Ingredientes que puedan causar alergia o intolerancia y se utilice en la fabricación o elaboración del alimento.
-La cantidad de numero de ingredientes.
-La cantidad neta.
-La fecha de caducidad.
-Las condiciones especiales de conservación.
-El nombre y la dirección de la empresa alimentaria.
-Pais o lugar de precedencia.
-Modo de empleo.
-El grado alcohólico en las bebidas con una graduación superior en volumen al 1,2%
-El lote.

5. ¿Qué tipo de información debe llevar un prospecto médico?
-Estar escrito en idioma español.

 -Detallar en forma clara la información sobre el modo en que el usuario pueda acceder y usar correctamente el medicamento.

 -El cuerpo de letra será de tipografía Arial 8 o mayor, o el equivalente en legibilidad. En caso de aclaración o mensajes críticos, deberán tenerse en cuenta las poblaciones con agudeza visual disminuida.

 -Incluir pictogramas, íconos, colores diferentes y todos aquellos elementos de diseño que ayuden a un mejor entendimiento de la información.

 -Inducir al usuario a la consulta con el médico y/o al farmacéutico frente a cualquier duda que surgiere del uso del medicamento.

 -Todas las especialidades medicinales comercializadas deben estar acompañadas por el rótulo-prospecto con la información completa aprobada por esta Administración.

-Los envases deberán incluir como mínimo (además de la información descripta en el Decreto Nº 150/92) la siguiente información destinada a garantizar una adecuada elección por parte del usuario: “¿Qué contiene Nombre comercial” (nombre genérico -DCI- y concentración), “Acción/ es”, “¿Para qué se usa” ¿Cómo se usa”, “No use este medicamento si Ud....”, según corresponda y de acuerdo al principio activo y al perfil de seguridad de la droga.

-La condición de expendio debe constar en el envase de compra en forma resaltada, por ejemplo en un tamaño no menor a Arial 10 o equivalente en legibilidad.

6.¿Qué diferencia hay de empaquetado según los diferentes productos?
Los consejos de utilización, los ingredientes, las advertencias de peligro.etc..

7.¿Qué indica el numero de lote?

Tiene como utilidad el conocimiento en todo momento de la fecha de elaboración de un producto alimenticio

8.¿En que idioma debe estar una etiqueta?

En todos

9.¿Puede venderse un producto de la Unión Europea fuera?

Depende de lo que se venda pero va a estar escrito en inglés

10.¿Puede ser el vendedor distinto del que lo fabrica?

Si pero el vendedor debe pagar al fabricante para mantener ese producto.